Geolocalización en el trabajo
La Geolocalización como dato personal
La Geolocalización consiste en conocer la ubicación geográfica y en tiempo real de un bien (vehículo, smartphone, PC, etc.) y si ese bien está relacionado con la persona usuaria de este, es cuando obtenemos un dato personal.
Es aquí cuando entra en escena la normativa de protección de datos, pues el artículo 4 del Reglamento general de Protección de Datos (RGPD) define los datos personales como, cualquier información que identifique a una persona física o gracias a esa información la haga identificable y pone como ejemplo de dato personal, un nombre, un número de identificación, datos de localización, etc.
Además se trata de un dato personal de especial sensibilidad, pues afecta de manera íntima a la privacidad, pues conocer dónde estamos en todo momento, permite obtener un perfil de nuestros usos y costumbres, lo cual dice mucho de nosotros y de nuestra conducta.
Geolocalización en el trabajo
Cada día es más habitual la realización de controles de vigilancia empresarial dentro del ámbito laboral por medio de diversos sistemas:
— Vídeovigilancia en las zonas de trabajo
— Monitorización de activos informáticos
— Biométricos (huella dactilar, reconocimiento facial, etc.) para el registro de jornada laboral
Y también la Geolocalización, que además plantea la licitud del tratamiento de este tipo de datos personales;
¿Son válidos estos métodos para el control laboral?
¿Qué repercusión tienen en materia de protección de datos?
¿Existen límites?
¿Qué dice la jurisprudencia al respecto?
Expondremos aspectos relevantes a tener en cuenta en toda actividad empresarial, a la hora implantar un sistema de Geolocalización, y para ello, nos referiremos a los sistemas de Geolocalización utilizados en vehículos y dispositivos Móviles (Smartphones, PC’s itinerantes, Tablets…).
El deber de informar sobre la Geolocalización
Será obligatorio informar a los empleados que vayan a usar vehículos o dispositivos móviles que disponen de dispositivos de geolocalización, pero no es necesario el consentimiento del trabajador.
Y no es necesario el consentimiento, porque se entiende que este tratamiento se realiza en el marco de la relación laboral (excepción recogida en el artículo 6.1 de la Ley de protección de datos (LOPD-GDD), donde el empresario al amparo de su potestad de dirección y según el artículo 20.3 del Estatuto de los trabajadores, puede adoptar las medidas de vigilancia y control necesarias para verificar el cumplimiento de obligaciones y deberes laborales del trabajador.
Hay que aclarar que la empresa cuenta con la limitación de respetar los derechos fundamentales de los trabajadores y salvaguardar su dignidad, pero no serán derechos absolutos, cuando se está dentro de la empresa, pues el tiempo laboral y activos utilizados para ello por el trabajado incumben directamente a la empresa.
Principio de Proporcionalidad
Geolocalizar a los trabajadores solo será legal si se cumplen una serie de requisitos:
Proporcionalidad:
Han de existir más beneficios que perjuicios.
Idoneidad:
La geolocalización debe conseguir el objetivo para el que es utilizada.
Necesidad:
No existirá un recurso más moderado y con la misma eficacia para la consecución del objetivo.
Sanciones disciplinarias
Para que la empresa pueda utilizar la información de geolocalización, para imponer una sanción disciplinaria y que esta sea admitida como tal, deberá cumplir con lo expuesto anteriormente, pero además se debería analizar el caso de forma individualizada de cada empresa, para establecer si el tratamiento de geolocalización estará, o no, justificado, si ha sido proporcional y no excesivo.
Ayuda externa
Para que el tratamiento de datos de geolocalización se ajuste a la normativa de protección de datos, contrate una buena empresa de protección de datos que le gestione lo necesario en esta materia:
— Evaluación de Impacto (elaboración, análisis e implantación de medidas)
— Registro de Actividades de Tratamiento (inclusión de la actividad, análisis de riesgos, etc.)
— Protocolos de Autorizaciones de acceso e Inventario de bienes con geolocalización.
— Elaboración de cláusulas informativas para los empleados.
Business Adapter como empresa experta en protección de datos gestionará estas obligaciones para su entidad. No lo dude y póngase en manos expertas
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