La LOPD y la seguridad física de instalaciones

La LOPD o Ley de Protección de Datos y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establecen las normas y regulaciones para el tratamiento de los datos personales de clientes, empleados y otras personas por parte de empresas y organizaciones. Esta Normativa europea y española de protección de datos, impone requisitos para la privacidad y seguridad de estos datos y establece sanciones para aquellas empresas que no cumplen con sus obligaciones.

Por su parte, la seguridad física es el conjunto de medidas que se implementan con el objetivo de proteger los equipos, recursos y otros activos de una instalación, garantizando que únicamente el personal autorizado pueda acceder a ellos.

La Seguridad Física es esencial para garantizar la integridad de los activos de una empresa o institución, y para prevenir el acceso no autorizado o el robo, y está muy relacionada con el Reglamento General de Protección de Datos.

Vulnerabilidades para la LOPD en instalaciones físicas 

Desde la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), las empresas deben cumplir con ciertas medidas de seguridad para evitar sanciones. Estas medidas no están definidas de manera general, sino que se establecen en función del riesgo detectado. Es decir, las empresas deben evaluar los riesgos a los que están expuestos sus tratamientos de datos personales y establecer medidas de seguridad proporcionales a ese riesgo.

Medidas de seguridad establecidas por la LOPD

 Al determinar las medidas de seguridad necesarias para cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), podemos clasificarlas en dos categorías: medidas organizativas y medidas técnicas. Las medidas organizativas se refieren a la estructura y políticas de la empresa en materia de protección de datos, mientras que las medidas técnicas incluyen herramientas y sistemas de seguridad informática para proteger los datos. Ambas son importantes para garantizar la seguridad de la información y cumplir con las normativas en materia de protección de datos.

Medidas organizativas

Es importante que los empleados conozcan y cumplan con las medidas de seguridad organizativas establecidas por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Algunas de estas medidas incluyen:

Evitar el acceso no autorizado a datos personales, lo cual puede hacerse cerrando sesión en los ordenadores y no dejando papeles con datos en lugares sin supervisión.

Almacenar documentos con datos personales en soportes físicos seguros, ya sea en papel o formato electrónico.

Destruir documentos con información personal antes de desecharlos.

No proporcionar datos personales a terceros, ya sea a través de llamadas telefónicas o correos electrónicos.

Notificar a la Agencia Española de Protección de Datos en caso de violación de la seguridad de datos personales.

Medidas técnicas

Dentro de las medidas de seguridad técnicas establecidas por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), encontramos dos bloques fundamentales.  La identificación de usuarios y el deber de salvaguarda.

En lo que se refiere a la identificación de usuarios, es esencial contar con contraseñas seguras para acceder a los datos personales. Estas contraseñas deben ser alfanuméricas y tener al menos 12 caracteres de longitud. Además, si varias personas tienen acceso a los datos, cada una de ellas deberá tener su propio usuario y contraseña. Para proteger el sistema, es recomendable utilizar un perfil de administrador para la configuración del sistema y evitar que los demás usuarios tengan privilegios. Las contraseñas deben ser confidenciales y no compartirse, y no deben anotarse ni dejarse a la vista.

En cuanto a las medidas para salvaguardar los datos, es importante:

Mantener los dispositivos actualizados, tanto ordenadores como teléfonos móviles.

Garantizar la confidencialidad de los datos al trasladarlos, ya sea mediante cifrado o medios físicos.

Crear una copia de seguridad periódicamente y guardarla en un lugar seguro y distinto al de los datos habituales.

Contar con un cortafuegos para evitar accesos no autorizados o ataques informáticos.

Instalar un programa antivirus para proteger los datos personales.

Garantizar la seguridad física de las instalaciones

Para garantizar la seguridad física de las instalaciones y el cumplimiento de la ley de protección de datos (LOPD y RGPD), es importante contratar personal de seguridad, colocar cerraduras de alta calidad, instalar sistemas de seguridad y cámaras de vigilancia en caso de ser necesario, y establecer políticas y procedimientos de acceso a las instalaciones.

Es necesario disponer de un plan de contingencia para hacer frente a situaciones de emergencia, incluyendo casos de desastres naturales o accidentes. el registro de los incidentes de seguridad física con el fin de identificar posibles debilidades y aplicar medidas correctoras para robustecer las medidas actuales.

También es esencial que todo el personal esté informado y capacitado en cuanto a las medidas de seguridad y el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos (LOPD) y el Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD).

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