Cifras y sanciones de la AEPD en el 2022
Estadísticas de la AEPD
El 2022 ha sido un año de mucho trabajo para la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), pues el número de reclamaciones aumentó un 9% respecto al año 2021 y un 47% respecto al 2020, siendo la cifra total de 15.128 reclamaciones recibidas, según la información publicada en su Memoria Anual 2022.
De este universo de reclamaciones, es importante señalar que no todas llegan a concluirse en un procedimiento sancionador, ya que sólo el 11% llega a este estatus, siendo casi el 80% las que se resuelven mediante las respuestas satisfactorias emitidas por los responsables del tratamiento.
Las áreas más denunciadas
Los ciudadanos han visto vulnerados sus derechos de protección de datos principalmente en las siguientes áreas, siendo éstas por consiguiente, las más denunciadas:
1- Servicios de internet
2- Videovigilancia
3- Recepción de publicidad no deseada
4- Inserción indebida en ficheros de morosidad
Procedimientos sancionadores más frecuentes
El top 10 de los procedimientos sancionadores más frecuentes son:
1- Videovigilancia: 29%
2- Servicios de Internet: 15%
3- Administración pública: 9%
4- Brechas de datos personales: 6%
5- Spam a través de emails o SMS: 5%
6- Asuntos laborales: 5%
7- Sanidad: 4%
8- Publicidad: 4%
9- Comercio, transporte y hostelería: 4%
10- Contratación fraudulenta: 3%
Las áreas con mayor número de multas
Las seis áreas más sancionadas por la AEPD (acumulando un 87% de un monto total de 20.775.361 euros) fueron:
1- Servicios de internet: 55% (11.492.201 euros)
2- Publicidad (excepto SPAM): 11% (2.291.800 euros)
3- Asuntos laborales: 11% (2.198.800 euros)
4- Brechas de datos personales: 4% (821.800 euros)
5- Contratación fraudulenta: 3% (706.800 euros)
6- Telecomunicaciones: 3% (632.000 euros)
En comparación con las cifras globales de los países del EEE, hay que destacar que la AEPD ha declarado en 2022 el 40,2% de las sanciones pero sólo ha impuesto el 2,5% de las multas.
Al margen de estas cifras, el 6 de mayo de 2022, se publicó en el BOE el listado de las entidades que recibieron multas superiores al millón de euros, tal y como dispone el artículo 76.4 de la LOPD-GDD:
–CAIXABANK S.A: 2.100.000 euros
–AMAZON ROAD TRANSPORT SPAIN, S.L.: 2.000.000 euros
–GOOGLE LLC: 10.000.000 euros
Tiempo de resolución por parte de la AEPD
Partiendo que el artículo 65.5 de la LOPD-GDD establece un plazo de 3 meses para analizar si la reclamación presentada se admite o inadmite, la AEPD registra un plazo de 25 días en promedio, el cual es sensiblemente inferior al margen de respuesta que le otorga la ley.
Una vez admitida la reclamación, los plazos de resolución pueden variar según el tipo de procedimiento que se siga:
–Resoluciones tras las actuaciones previas de Investigación: 262 días
–Resoluciones en el procedimiento de Ejercicio de derechos: 84 días
–Resoluciones en el procedimiento Sancionador: 242 días
Los delegados de protección de datos en cifras
De acuerdo con el artículo 34.3 de la LOPD-GDD, cuando se designa a un Delegado de Protección de Datos, (DPD / DPO) ya sea por parte de las entidades públicas o privadas, deben comunicarlo en el plazo de 10 días a la AEPD, para su registro.
En el año 2022, se registraron 100.350 comunicaciones relativas a la designación de delegados de protección de datos, de las cuales:
91.221 comunicaciones pertenecieron a las entidades privadas
9.129 comunicaciones pertenecieron a las entidades públicas:
-182 de la Administración General del Estado
-433 de las Comunidades Autónomas
-537 de las Entidades Locales
-977 de otras personas jurídico-públicas (ejem. comunidades de regantes, notarios, colegios profesionales… )
Necesitas un Experto en Protección de Datos
A la vista de estos datos, una vez más queremos poner énfasis en que la Normativa de protección de datos es una obligación legal que toda empresa debe cumplir, por lo que contar en todo momento con el apoyo de una Consultora de protección de datos experta o con un Delegado de Protección de Datos, es cada día más importante, tanto para cumplir con la ley, como para no ser sancionados, y en el caso de serlo, estar debidamente cubierto y asesorado para atender los requerimientos de la AEPD.
Contáctanos en el email: info@businessadapter.es, también puedes llamar al 96 131 88 04, o deja tu mensaje en este formulario: