Dentistas y protección de datos
Dentistas y protección de datos
Los dentistas protegen nuestra salud bucal, pero también deben proteger nuestros datos personales por imperativo legal, es decir, los dentistas deben cumplir con la Normativa de protección de datos.
El Consejo General de Dentistas de España, a través de su Presidente, ha recordado a la comunidad que representa, la importancia de obtener el consentimiento expreso de los pacientes para el tratamiento de sus datos en los supuestos legalmente establecidos, así como poder demostrar el cumplimiento de las obligaciones legales atendiendo a la responsabilidad proactiva señalada en la Normativa de protección de datos.
No cumplir con ello, señala el Presidente del Consejo, podría generar un grave perjuicio para la confianza de los profesionales odontológicos.
Con ello, cualquier práctica que ponga en riesgo la privacidad de los pacientes o la integridad de la profesión, debe evitarse.
¿Por qué los dentistas deben cumplir con la protección de datos?
En principio, cualquier dato personal, debe ser protegido por aquél que realiza el tratamiento, ya sea el responsable o el encargado del tratamiento.
Sin embargo, si estamos frente a datos relacionados con la salud, esta obligación de protección se refuerza.
El artículo 4 inciso 15 del RGPD define los datos relativos a la salud y el artículo 9 del RGPD califica los datos de salud como datos de categoría especial, que en principio y salvo que se cumpla alguna de las condiciones que la ley señala, está prohibido su tratamiento.
Una de las excepciones a esta prohibición del tratamiento de datos de salud, según el artículo 9.3 del RGPD, es que el tratamiento sea realizado por un profesional sujeto a la obligación de secreto profesional, lo cual se ajustaría a los profesionales odontólogos, como establece el Código español de ética y deontología dental.
No obstante, hay que diferenciar el tratamiento de datos para los fines necesarios para prestar el servicio dental comentado, de cualquier tratamiento distinto al relacionado con la salud del paciente, por ejemplo, si se quiere enviar publicidad al paciente estaríamos ante una finalidad distinta y por consiguiente debe llevar aparejado la obtención del consentimiento expreso del paciente para dicho tratamiento y además utilizar un medio que permita acreditar que el consentimiento se ha obtenido de forma transparente, informada y libre.
En cualquier caso, es obligación de los dentistas informar al paciente en materia de protección de datos (art. 13 del RGPD) y según establece el art. 5.2 del RGPD, informar tanto de la finalidad o finalidades del tratamiento, plazos de conservación de los datos, posibles cesiones, derechos de los pacientes y como ejercerlos, así como la forma de contactar al Delegado de Protección de Datos (DPD), si el/la dentista está legalmente obligado a designarlo.
El método más utilizado por los profesionales odontólogos, para cumplir con lo expuesto, es solicitar al paciente que firme un “consentimiento informado” en materia de protección de datos.
Consecuencias administrativas del incumplimiento de la protección de datos
Como todo, incumplir con una obligación legal genera consecuencias, y en este caso, imposición de sanciones.
De acuerdo con el art. 72.1 e) de la LOPDGDD, vulnerar el art. 9 del RGPD y 9 del LOPDGDD se considera una infracción muy grave.
Una infracción grave lleva aparejada una sanción igualmente grave, como es la señalada en el art. 83.5 del RGPD, consistente en una multa administrativas de 20 000 000 EUR como máximo o, tratándose de una empresa, de una cuantía equivalente al 4% como máximo del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior, optándose por la de mayor cuantía.
Consecuencias éticas del incumplimiento de la protección de datos
Las consecuencias éticas en el caso que se incumpla la Normativa de protección de datos, son principalmente, la pérdida de confianza en la profesión odontológica, así como la reputación de las clínicas en donde se haya producido la violación a la norma.
Estas consecuencias son muy importantes a nivel social, ya que la confianza y el respeto es la base de cualquier relación, sea en nuestros círculos más íntimos como en los de carácter profesional y empresarial.
Quebrar la confianza del paciente o del cliente, puede implicar en el presente y en el futuro una pérdida para el responsable del tratamiento.
Business Adapter® al servicio de tu Clínica dental
Si tienes una Clínica dental y necesitas ayuda para cumplir con la Normativa de protección de datos, contáctanos en el email: info@businessadapter.es, también puedes llamar al 96 131 88 04, o deja tu mensaje en este formulario: