Multa a una Comunidad por incumplir la Protección de datos
Protección de datos en las Comunidades
La multa a una Comunidad por incumplir la Normativa de protección de datos abre numerosas dudas.
La actual Normativa de protección de datos no establece limitaciones a las Comunidades de propietarios, sobre los datos personales que se pueden tratar (nombre y apellidos, DNI, teléfono, dirección, correo electrónico, etc.), para evitar sanciones, pero lo que es una realidad es que las comunidades de propietarios deberán adaptarse a la Normativa europea de protección de datos (RGPD) y la Ley de protección de datos española (LOPD-GDD), para evitarlas.
Multas por protección de datos a Comunidades
Para entender la importancia de la implantación de protocolos y medidas de seguridad que la Normativa vigente exige, abordaremos un ejemplo real de sanción (procedimiento sancionador número 00378/2019), en el que la Agencia española de protección de datos (AEPD) sancionaba con una multa de 15.000 € a una Comunidad de Propietarios.
La sanción se impone a la Comunidad, después de haber sido denunciada esta, por uno de los vecinos tras haberse publicado en el ascensor de la comunidad, un Acta de junta vecinal, con datos de varios vecinos que los hacían identificables.
En dicha Acta, se acordaba el emprendimiento de acciones judiciales contra varios vecinos por supuestas obras ilegales.
A tener en cuenta en las Comunidades
La sanción de la AEPD se fundamenta en el incumplimiento del Artículo 5.1 f) del RGPD, pues la actuación de la Comunidad de propietarios vulneraba el principio de Integridad y confidencialidad sobre los datos personales de los vecinos que figuran en el acta publicada, con el agravante de estar a la vista de todo aquel que utilizaba el ascensor de la comunidad, fuera o no vecino de esta.
Ley de propiedad horizontal
Las Comunidades de propietarios están sujetas a la Ley 9/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, la cual regula el otorgamiento de su Escritura de División Horizontal hasta la extinción de esta, el nombramiento de cargos, la convocatoria y celebración de reuniones vecinales, procedimientos para alcanzar acuerdos, forma de afrontar los gastos comunes, etc..
Bien es cierto que publicar en el tablón de anuncios es algo necesario, pero cumplir con esta premisa no exime de otras obligaciones como es que dichas publicaciones velen por los derechos de los vecinos y una de las medidas que podrían servir sería la anonimización.
Asesoramiento experto
Este es un ejemplo de cómo una Comunidad puede incumplir la Ley de protección de datos y ser sancionada por ello, pero tener todos los supuestos cubiertos precisa de asesoramiento experto.
Business Adapter® protección de datos Valencia, ayuda a las Comunidades de propietarios a cumplir con el RGPD y la LOPD-GDD.
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