Prohibida la numeración móvil para servicios de atención al cliente
Nuevas medidas contra el fraude
La ciberdelincuencia ha aumentado de manera exponencial en los últimos años, existiendo múltiples tipos de ciberataques, pero uno de los más comunes y dañinos es la suplantación de identidad.
A través de esta técnica, los delincuentes se hacen pasar por entidades o personas de confianza, como proveedores, compañeros de trabajo, bancos, organismos públicos o empresas reconocidas, con el objetivo de obtener información personal o financiera de las víctimas o de las empresas en las que trabajan y cometer fraudes.
Para hacer frente a esta amenaza, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha aprobado la Orden TDF/149/2025, de 12 de febrero, la cual establece nuevas medidas para combatir las estafas realizadas mediante llamadas telefónicas y mensajes de texto fraudulentos. Además, busca garantizar la correcta identificación de los números utilizados en servicios de atención al cliente y en llamadas comerciales no solicitadas.
Principales medidas de la Orden TDF/149/2025
La normativa introduce varias disposiciones clave para reforzar la seguridad en las telecomunicaciones:
Bloqueo de numeración fraudulenta:
- Bloqueo de llamadas y mensajes con identificadores de línea llamante (CLI) manipulados o no atribuidos.
- Bloqueo de llamadas con números españoles con origen internacional que puedan ser fraudulentos, salvo para clientes en régimen de ‘roaming’.
- Implementación de una base de datos para alfanuméricos en mensajes SMS/MMS/RCS, impidiendo la suplantación de identidad de entidades como bancos o la Administración Pública.
Regulación de los servicios de atención al cliente y llamadas comerciales:
- Prohibición del uso de numeración móvil para servicios de atención al cliente y llamadas comerciales no solicitadas.
- Obligación de utilizar numeraciones 800 y 900 para servicios de atención al cliente, garantizando su gratuidad para los usuarios.
- Posibilidad de que los números 800 y 900 también puedan emitir llamadas, no solo recibirlas.
Calendario de entrada en vigor:
- 7 de marzo de 2025: Bloqueo de numeración no atribuida y habilitación de numeración 800 y 900 para realizar llamadas comerciales.
- 15 de mayo de 2025: Prohibición del uso de numeración móvil para atención al cliente y bloqueo de llamadas internacionales fraudulentas.
- Mayo de 2026: Implementación de bloqueo de SMS/MMS/RCS fraudulentos provenientes del extranjero y registro obligatorio de alias en mensajes.
Sanciones por incumplimiento
La Orden TDF/149/2025 establece sanciones severas para quienes incumplan la normativa, pues según establece el artículo 9.2, la utilización de números móviles para atención al cliente o llamadas comerciales no solicitadas se considerará una infracción grave, sancionada con multas de hasta dos millones de euros.
Impacto y conclusiones
Lo más llamativo para las empresas, es la prohibición a partir del 15 de mayo de 2025 de utilización de la numeración móvil para llamadas de atención al cliente o para la realización de llamadas comerciales no solicitadas. Por tanto, comunicar a todos los clientes el nuevo número de atención al cliente puede ser un trastorno.
Bien es cierto, que los fraudes telefónicos o relacionados con la telefonía son una lacra para nuestra sociedad y con estas medidas, se espera una reducción significativa en las estafas de suplantación de identidad, protegiendo tanto a consumidores como a empresas.
Sin embargo, es fundamental que las organizaciones adapten sus sistemas y procedimientos a la nueva regulación para evitar sanciones y garantizar un entorno de comunicación más seguro.